El interés de demora es lo que puedes reclamar cuando alguien te paga fuera de plazo. Y la parte que casi nadie sabe es que en operaciones entre empresas suele existir por ley, aunque el contrato no diga nada.
Por qué importa aunque no lo cobres
La mayoría de las veces no se reclama, y con motivo: por una factura mediana, el coste de la gestión y del roce con el cliente supera al interés.
Pero saber que existe cambia la conversación. Una reclamación que menciona el interés de demora aplicable y la normativa que lo ampara se lee de otra manera que un correo pidiendo el favor de que te paguen.
Lo que suele incluir
- El interés desde el día siguiente al vencimiento, calculado sobre un tipo de referencia que se publica periódicamente.
- Una cantidad fija por costes de cobro, en muchos ordenamientos, sin necesidad de justificarla.
- Los gastos acreditados de la reclamación, cuando superan esa cantidad fija.
Lo práctico
Ponlo en el contrato aunque exista por ley. No porque lo necesites jurídicamente, sino porque el cliente lo lee antes de firmar y eso ya cambia cómo trata tu factura.
Y aplícalo con criterio: reclamarlo en la primera factura tardía de un buen cliente es desproporcionado. Anunciarlo en la tercera, cuando el retraso ya es un patrón, es exactamente lo que corresponde.
Los tipos, los plazos y las cantidades fijas por costes de cobro varían por país y se actualizan periódicamente. Confirma los aplicables a tu caso antes de reclamar.